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Hemos desarrollado una metodología propia con la cual podemos asegurar que todas las fases del proceso de recolocación se llevarán a cabo adecuadamente

UniPlacement, la empresa de Outplacement del grupo UniConsult ha sido la primera Empresa Privada de Recolocación autorizada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración

Según el Artículo 3 del RD 1796/2010: "Dada la consideración de la intermediación laboral como servicio de carácter público, las personas físicas o jurídicas que deseen actuar como agencias de colocación DEBERAN OBTENER AUTORIZACIÓN del Servicio Público de Empleo Estatal o del Servicio equivalente de la Comunidad Autónoma."

Un proceso lento y prolijo

El proceso de solicitud de autorización a nivel Estatal se inició el 9 de febrero y fue aprobado el pasado 27 de julio. Este proceso no ha sido ni fácil, ni rápido.

El proceso de solicitud de autorización a nivel Estatal se inició el 9 de febrero y fue aprobado el pasado 27 de julio. Actualmente sólo se han aprobado siete Agencias de Colocación de las que seis actúan exclusivamente a través de Internet. UniPlacement es la primera Empresa Privada de Recolocación, como tal, autorizada según fuentes del Ministerio.

El proceso no ha sido ni fácil, ni rápido. Tras la publicación del RD 1796/2010 de 30 de diciembre por el que se regulan las Agencias de Colocación, y las Empresas de Recolocación, UniPlacement cumplimentó el expediente de solicitud de autorización de ambas modalidades y lo presentó al MTI el 9 de febrero.

Posteriormente el Ministerio de Trabajo e Inmigración inició consultas con las Comunidades Autónomas para consensuar los requerimientos comunes para la autorización. Este proceso paralizó las solicitudes hasta que en Mayo se cerraron los acuerdos con las CCAA. Fue necesario entonces hacer una nueva aportación documental que completara los nuevos requerimientos de información, que se presentó el 25 de mayo. Dos meses después llegó la autorización.

UniPlacement podrá actuar como Agencia de Colocación y como Empresa de Recolocación

"La autorización se concede a los efectos de desarrollar las actividades de agencia de colocación y empresa de recolocación previstas en los artículos 22.1 y 22.2 de la Ley 56/2003 de 16 de diciembre de Empleo (1) y en los artículos 2.1 y 2.2 del Real Decreto 1796/2010 de 30 de diciembre por el que se regulan las Agencias de Colocación(2)."

Efectivamente, el RD 1796/2010 establece dos tipos de entidades de intermediación laboral: las Agencias de Colocación y las Empresas de Recolocación:

El marco normal de actuación de las Empresas de Recolocación es el de las reestructuraciones empresariales, a nivel estatal, aunque por su doble naturaleza de Agencia de Colocación y Empresa de Recolocación, podrían también realizar Convenios y acudir a los Concursos de los SPE de las CCAA.

  1. A efectos de lo previsto en esta norma, se entenderá por agencias de colocación aquellas entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que, en coordinación y, en su caso, colaboración con el servicio público de empleo correspondiente, realicen actividades de intermediación laboral que tengan como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades.

    En realidad, las Agencias de Colocación actúan normalmente a nivel local en colaboración con los Servicios Públicos de Empleo de las CCAA., a través de Convenios o Concursos para hacer la reinserción laboral a determinados colectivos de especial dificultad de colocación, en el marco de las Políticas Activas de Empleo, donde las CCAA tienen actualmente gran libertad de actuación.

  2. Las empresas de recolocación son agencias de colocación especializadas en la actividad destinada a la recolocación de las personas trabajadoras que resultaran excedentes en procesos de reestructuración empresarial, cuando aquélla hubiera sido establecida o acordada con las personas trabajadoras o sus representantes en los correspondientes planes sociales o programas de recolocación, y estarán sometidas al régimen legal y reglamentario establecido con carácter general para las agencias de colocación.

    Por tanto el marco normal de actuación de las Empresas de Recolocación es el de las reestructuraciones empresariales, a nivel estatal, aunque por su doble naturaleza de Agencia de Colocación y Empresa de Recolocación, podrían también realizar Convenios y acudir a los Concursos de los SPE de las CCAA.

Actuarán en los EREs como parte del Plan Social obligatorio para la solicitud

Según Fernando de Salas, Presidente de ANEPRE (Asociación Nacional de Empresas Privadas de Recolocación y Empleo), "La importancia de esta autorización radica en la obligatoriedad de inscribir en la solicitud de los Expedientes de Regulación de Empleo el nombre de la Empresa de Recolocación Autorizada, como parte del Plan Social obligatorio. (Artículo 2.2 y artículo 3 del RD 1796/2010) donde se establece la obligatoriedad de ser una empresa de recolocación autorizada para poder gestionar Expedientes de Regulación de Empleo)".

Este requisito supone una garantía para las empresas que intervengan en los EREs de que los programas de recolocación de los trabajadores salientes se realizará con todos los requisitos y garantías que la ley exige para estos procesos. Aquellas empresas que no estén autorizadas no podrán intervenir en los EREs, ya que en la solicitud de los mismos debe figurar una empresa autorizada.

"En ANEPRE hemos abierto un servicio de consultas para la adecuada cumplimentación de las solicitudes de nuestros asociados y estamos animándoles e impulsándoles a solicitar la autorización, tanto a nivel Estatal como a nivel de las CCAA, cuando sólo actúan en una de ellas. En estos momentos ya hay varias empresas que están ya en el proceso. Cuantas más empresas haya autorizadas, mejor y más potente será el sector."

UniPlacement viene operando hace más de veinticinco años habiendo recolocado ya a casi treinta mil personas

Pedro Checa, Socio y Director General de UniConsult añade: “ Para UniPlacement, que ya venía realizando la actividad desde hace más de veinticinco años, habiendo recolocado a casi treinta mil personas, la autorización del Ministerio de Trabajo e inmigración supone un reconocimiento de nuestra impecable forma de operar, en la que llevamos aplicando las políticas de igualdad y las garantías de privacidad y protección de la información mucho antes de que aparecieran las actuales normativas.”

"Por otra parte, los altos índices de recolocación que conseguimos, aun en estos tiempos de crisis, ayudarán a reducir el volumen de los subsidios de desempleo al acortar la duración del tiempo de permanencia en el “paro” de las personas a las que damos este servicio. Esto supone un considerable ahorro para las arcas de la Seguridad Social que es nuestra pequeña contribución a la reducción del gasto público."

4 / 8 / 2011

Fernando de Salas, presidente de UNICONSULT

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